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Afiliación a seguridad social en salud de los odontólogos en Bogotá

Observatorio de Salud (SaluData)

Fecha de publicación: 
Domingo, Octubre 4, 2020
Descripción: 

La Secretaría Distrital de Salud, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo quinto de la Ley 10[1] de 1962, realizaba la inscripción de los profesionales de la odontología; posteriormente, el Decreto 1875[2] de 1994 ordenó el registro de los títulos de todos los profesionales de la salud ante la secretaría de salud departamental o distrital en la que estuviera ubicada la institución de formación. Este proceso se realizó de manera obligatoria hasta septiembre de 2017, cuando el registro y expedición de la tarjeta profesional fue delegado al Colegio Colombiano de Odontólogos.

Tipo de estudio: 
Boletín
Número de páginas: 
23
Dependencia(s): 
Subsecretaría de Salud Pública
Fuente de financiación: 
Proyecto 1192 Gobernanza
Fuente de información: 
Ley 100 (23 de diciembre de 1993). Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Bogotá: Congreso de Colombia, Diario Oficial 41148. Ley 828 (10 de julio de 2003). Por la cual se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema de Seguridad Social. Bogotá: Congreso de Colombia, Diario Oficial 45248. Ministerio de Salud y Protección Social. (2009). Los recursos humanos de la salud en Colombia: balance, com- petencias y prospectiva. 3ra ed. Bogotá. Ministerio de Salud y Protección Social. (2018). Política nacional de talento humano en salud. Bogotá. Resolución 4622 (3 de octubre de 2016). Por la cual se establece el reporte de los datos de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a planes voluntarios, regímenes especial y de excepción y de las personas privadas de la libertad bajo la custodia y vigilancia del Inpec. Bogotá: Ministerio de Salud y Protección Social, Diario Oficial 50015. Universidad de Antioquia.
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